Prohibición
de sombreros
En estos tiempos tan
difíciles que llevamos, producto de la pandemia que nos llegó de tierras tan
lejanas como China, por la cual estamos padeciendo limitaciones de nuestras
libertades y prohibiciones por doquier, hay que contar que en otras épocas
también tuvimos muchas prohibiciones de toda índole.
En esta Historia vamos a
contar algunas prohibiciones que se practicaron para toda España, y por lo
tanto llegaron a nuestro pueblo de Villamartín.
Carlos III |
No siempre hemos podido usar
los trajes y vestidos que hemos querido o nos han gustado más, y eso fue debido
a los que mandaban en Madrid que dictaban leyes para regular el uso de
determinadas prendas de vestir. Así, nos encontramos con el rey Carlos III que
mandó que ninguna persona, excepto las Reales pudieran vestir brocado ni tela
de oro, ni plata, ni hilo de oro ni plata, ni seda alguna que llevara oro ni
plata, ni cordón, ni pespunte, ni pasamano, ni otra cosa alguna de ellos, ni
bordado, ni recamado, ni escarchado… Hasta hicieron leyes que regulaban los
lutos, a las mujeres le prohibieron cubrirse el rostro y a los hombres a usar
capa corta en vez de la larga que era la típica española y a usar sobrero de
tres picos.
Todas estas medidas, y otras
no mencionadas, fueron dictadas por Leopoldo de Gregorio, marqués de
Esquilache, ministro de absoluta confianza del rey Carlos III. El marqués de
Esquilache se había propuesto un programa de modernización de Madrid, pero como
veremos llegó a todas partes.
Sombrero de tres picos |
En el cabildo de 10 de
agosto de 1770, el escribano de él, leía la Real Orden del Supremo Consejo, con
fecha a once de julio próximo pasado, que se había comunicado a esta villa por
el Sr. Corregidor de la ciudad de Jerez de la Frontera, que trataba sobre la
prohibición de los sobreros gachos y chambergos; y que se usaran por los
eclesiásticos de menores y demás personas que vistiesen habito seglar el
sombrero de tres picos; y los de ordenamiento sacro levantadas las alas de los
costados forrados de tafetán engomadas con lo demás que instruye dicha Real
Orden que se había cumplido por los Sres. Justicia y remitido al cabildo para
que le constase; y vista y entendida por sus mercedes, acordaron su obedecimiento
y cumplimiento, en todo y por todo como se provenía en el mandamiento y se colocara
dicha orden entre las demás del Ayuntamiento.
Así mismo, el escribano leyó
e hizo notorias al cabildo dos Reales Provisiones del Supremo Consejo que prohibía
el uso de muselina; y enterados dichos señores, acordaron su obedecimiento y
cumplimiento en todas sus partes; y que dichas Reales Órdenes se colocasen
entre las demás del archivo del cabildo.
Real Provisión |
Igualmente, el escribano leyó
a la letra la Real provisión del Supremo Consejo; en que se prohibía, y que se recoja
un discurso impreso en Valencia en la imprenta de Benito Monfort en el presente
año, intitulado Puntos de Disciplina Eclesiástica propuesto a los sacerdotes
por D. Francisco de Alba, presbítero, con lo demás que dicha Real Orden
previene; que vista y enterada por dichos señores acuerdan su obedecimiento y
cumplimiento en todas sus partes; y que se archivase entre las demás de este
cabildo.
Estas son algunas de las
prohibiciones del año 1770 propiciadas por el rey Carlos III y su ministro
marqués de Esquilache, las de ahora ya sabéis quienes son sus protagonistas.