Un proyecto frustrado: el puente sobre el Guadalete
A
mediados del siglo XVIII, el río Guadalete constituía uno de los principales
obstáculos naturales para la comunicación entre los pueblos de la Sierra de
Cádiz y la campiña sevillana. Su cauce, especialmente peligroso en invierno,
provocaba continuos accidentes y pérdidas humanas. El tránsito de mercancías,
tropas y viajeros dependía de vados inseguros o barcas improvisadas.
En
este marco, el Cabildo de Villamartín celebró el 1 de marzo de 1766 una sesión clave para reclamar la reanudación
de un proyecto largamente esperado: la construcción de un puente sobre el
Guadalete.
El
documento recuerda que en 1752
se habían iniciado gestiones oficiales para levantar un puente en el término de
Villamartín. Estas actuaciones fueron ordenadas por Ginés de Hermosa y Espejo, asistente de la ciudad de Sevilla.
El texto señala que: “se practicaron…
diferentes delegaciones sobre dar principio a un puente… para cuyo costo se
concurrió por diferentes pueblos… con varias crecidas cantidades”.
Es
decir, varios municipios del reino habían aportado fondos significativos para
la obra. Sin embargo, pese a haberse adjudicado (“remató la dicha obra”), el proyecto quedó suspendido sin explicación alguna.
La
paralización del puente generó un profundo malestar en Villamartín. El Cabildo
denuncia: “acaeciendo todos los días
desgracias en dicho río de ahogarse gente de todas clases”.
La
falta de infraestructura no solo afectaba a los vecinos, sino también al
tránsito militar y comercial. El Guadalete se convertía así en un punto crítico
para la economía y la seguridad regional.
Ante esta situación, el Ayuntamiento
decidió actuar. El acuerdo del Cabildo otorga poder amplio y general a José
Cantelmí, vecino de Sevilla, para que represente a Villamartín ante: el
Asistente de Sevilla, el Intendente o cualquier juez competente.
Su misión era investigar el motivo de la suspensión del puente, el
paradero del dinero aportado y la
posibilidad de reactivar la
construcción.
El
documento especifica que Cantelmí podía solicitar autos, presentar pedimentos,
justificar actuaciones e incluso recurrir a instancias superiores si fuera
necesario.
Este
cabildo refleja una administración municipal consciente de sus necesidades y
dispuesta a defender los intereses de su comunidad. La insistencia en
esclarecer el destino de los fondos y en exigir la ejecución de la obra muestra
un temprano ejercicio de fiscalización y responsabilidad pública.
Además,
el tono del acta evidencia la gravedad del problema y la urgencia de una
solución. El puente no era un lujo, sino una necesidad vital para la
supervivencia y el desarrollo de la villa.
El Cabildo de Villamartín del 1 de marzo de 1766 es un testimonio valioso de la vida institucional del Antiguo Régimen y de las dificultades cotidianas que afrontaban los pueblos andaluces. La lucha por la construcción del puente sobre el Guadalete simboliza la aspiración de progreso y seguridad de una comunidad que, pese a los obstáculos administrativos, buscaba mejorar sus infraestructuras y proteger a sus habitantes.
Texto de la copia original
(Copia del documento original)
“Villamartín,
Cabildo de 1 de marzo de 1766.
En
este cabildo se dijo que atento a que en el año pasado de mil setecientos
cincuenta y dos se practicaron en esta villa de orden del Sr. D. Ginés de
Hermosa y Espejo, asistente que fue de la Ciudad de Sevilla diferentes
delegaciones sobre dar principio a un puente que se había proyectado hacer en
el río Guadalete de este término para cuyo costo se concurrió por diferentes
pueblos de este reinado con varias crecidas cantidades, y remató la dicha obra,
y se suspendió sin saberse la causa y motivo de ello en tan gravísimo prejuicio
de los traficantes tropas que continuamente transitan por este pacillo, y de
este pueblo y su común acaeciendo todos los días desgracias en dicho río de
ahogarse gente de todas clases, y para averiguar de esta suspensión paradero de
dicho dinero y que se facilite la dicha construcción del puente proyectado y
remediar semejantes fatalidades y desgracias que acaecen en dicho río, y
mayormente en el invierno, acuerda esta villa uniformemente el dar como da
poder bastante el que por derecho, se requiere con todas las facultades
necesarias en fuerza de este acuerdo, y dé su testimonio a D. José Cantelmí,
vecino de la ciudad de Sevilla para que parezca ante el Sr. Asistente e
Intendente de ella o un Sr. Juez que lo sea competente en el asunto y haga las
representaciones que sean convenientes en representación de esta villa y su
común esforzando el que se haga la citada obra del puente, y para ello pida los
autos que se formaren en el asunto y haga los pedimentos, justificaciones y
demás que precise hacer a conseguir este intento. Y en caso que sea necesario
tomar recurso a la superioridad, lo ejecute que para todo ello lo incidente y
dependiere esta villa lr da y confiere dicho poder con toda amplitud, libre,
franca y general administrar. Y con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir, y
con relevancia que a todos hace esta villa, de cartas en forma, y que se dice
por acuerdo. Con lo referido se terminó este cabildo. Firmaron todos los Sres.
Capitulares de que dan fe”.
