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lunes, 7 de agosto de 2017

Historia n.º 17 Programa de festejos en el Villamartín del año 1935


Programa de festejos en el Villamartín
 del año 1935


Como en la actualidad disponemos de pocas fotos de la feria de aquella época y de las pocas que hay están sacadas desde los balcones o azoteas de las casas circundantes, nos vamos a bajar a la calle, es decir, a la feria y en ella la iremos describiendo poco a poco para poder ofrecer una buena fotografía escrita.
            Los festejos que vamos a describir son los que se celebraron los días 21, 22 y 23 de septiembre de 1935, motivados por la tradicional feria de ganado de todos los años.
            Para esos días se había contratado la Banda de Música de los Salesianos de la ciudad de Utrera para que por las mañanas alegraran el despertar de los vecinos con sus pasacalles.
            Por las tardes, hacia las cinco, había que ir al final de la calle Miguel de Cervantes, hoy La Botica, donde se había construido una plaza de toros y a cuya finta había contribuido económicamente el Ayuntamiento con la cantidad de mil pesetas.
Las funciones de fuegos artificiales, se hacían en la calle García Hernández, hoy calle El Santo, invirtiéndose en dichos festejos la suma de quinientas pesetas y siendo el encargado de confeccionar dichos fuegos artificiales el fabricante de Ubrique D. Emiliano Guerra Gómez.
Cuando la luz del día se hacía insuficiente se encendía el alumbrado extraordinario instalado durante los días 20 al 24 ambos inclusive, en la calle García Hernández (calle El Santo), Plaza del 14 de abril (Plaza de la Constitución), Mesones (calle Los Hierros) y en el Real de la Feria, en cuyo alumbrado se invierten mil metros de guirnaldas y quinientos farolillos aproximadamente.
Además de los festejos mencionados anteriormente, habría cucañas, se celebraban carreras de sacos y de caballos con premios al vencedor de las mismas, elevación de globos y fantoches.
Como es natural a las ferias también se va a comerciar, siendo la de Villamartín una de las mejores en comercio de ganado, por eso el Mercado de ganados, lo fue situado este año exclusivamente en el Real de la Feria, enclavado en la carretera del Matadero a la Tenería, hacia abajo.
            El concejal encargado de festejos dispuso como en otros años que en la fachada del Ayuntamiento se coloquen los puestos de bisuterías cobrándose dos pesetas por metro cuadrado. En la acera de las Monjas se instalen los puestos de pañería, por el orden de preferencia en que ha sido solicitados, cobrándose a razón de dos pesetas el metro cuadrado. En la fachada del Mercado de Abastos se coloquen dos puestos de masa frita, conservando el sitio que tenía D. Pedro Estrada, y cobrándose el metro de terreno a razón de una peseta, los demás puestos de masa frita, se colocarán, bien en el Real de la Feria o bien en la calle Alejandro Lerroux (calle El Rosario), en las mismas condiciones económicas que los demás puestos de esta clase. Los puestos de turrones se colocaban en la calle Mesones, a continuación de las posadas existentes en dicha calle, cobrándose a razón de dos pesetas el metro cuadrado. Los seroneros, lateros y herreros, se colocaban en la calle Mesones a continuación de los puestos de turrón, cobrándose a razón de una peseta el metro cuadrado.
En el Real de la Feria se colocaban otras clases de instalaciones, y en las condiciones que se expresan:
A. Voladores, circos y otros aparatos, libre contratación.
B. Casetas de artistas, a razón de cinco pesetas el metro cuadrado.
C. Demás barracas, a razón de una peseta el metro cuadrado.
D. Chozas, dos pesetas cada una.
E. Corrales de pesar, cinco pesetas cada uno.
F. Rifas de caramelos, helados y demás ruletas, tres pesetas cada una.
G. Tómbolas, veinticinco pesetas diarias.
H. Cacetas, con arreglo a la categoría.
I.   Los Ayuntamientos, si querían estar representados en la feria, debía gestionar, la cesión, bien en arrendamiento o gratuitamente, de una caseta con destino al Ayuntamiento de esta villa.
Para cobrar los derechos por la colocación de puestos, barracas, instalaciones de todo género, etc. se nombró al vecino de esta villa D. Antonio Gómez Penn.

                                           Corporación a 21 de agosto de 1935

                                           Presidente:   D. Juan Barea Moreno
                                           Concejales:   D. Manuel Regordán Gómez
                                                                 
                                                                  D. José Romero Morato
 
                                                                  D. Manuel Romero Martel 
                                                                  D. Francisco Escolar Andrades
                                                                  D. Manuel Tinajero Márquez
                                                                  D. José Jarava García
                                                                  D. José Mª Benítez Castillo
                                                                  D. Cristóbal Ávila Valero
                                                                  D. Pedro Jarava Anyillo
                                           Interventor: D. Francisco Gutiérrez Holgado
                                           Secretario:   D. José L. Pérez Rendón y Peralta.

domingo, 23 de julio de 2017

Historia n.º 16 Los libros de escrituras de tierras en el Villamartín del siglo XVIII


     Los libros de escrituras de tierras en el Villamartín
 del siglo XVIII

“Libro Maestro que se forma de orden de la Junta y Junta de Propios de esta Villa, para entregar a el tesorero Mayordomo de ellos, que es, y fuere para que cada uno en su tiempo siente los pagos que hicieren los Poseedores de Tierras pertenecientes a dichos efectos, con razón de los que van para que haya las competentes claridad, el que se compone de (no aparece el nº de) folios útiles.

                                                 Villamartín, 1º de enero de 1785=

                                                                  (rubricado)”
Con estas palabras comienza el libro de escrituras de tierras que a 1º de enero de 1785 iban firmando todos los poseedores de tierras de nuestra población tras el repartimiento. Fue el primero que se hizo en este formato para encontrar con brevedad las tierras que cada individuo tenía y las suertes que poseía.
El libro contiene 462 folios manuscritos a tinta y con caligrafía de la época en los cuales se reflejan los nombres de las tierras y seguido de las suertes con el número de fanegas, el precio de la misma y la renta anual que produce la suerte.
En cada suerte o lote de tierras de labor se anotaba el nombre de la persona que   debía de pagar por ellas el día de Santiago, que era el mes de pago, la cantidad en reales que era la renta de esas tierras por un año. También se le anotaba, a continuación, si debía a la Junta de Propios algunos atrasos de otros años y se le hacía saber que estaban anotados en una Relación de deudores que la Junta tenía.
Se anotaba también el desistimiento de algunos agricultores a las tierras concedidas por haber fallecido o cualquier otro motivo. Inmediatamente la Junta de Propios adjudicaba la suerte a otro con las mismas condiciones. Si se daba el caso de que en estos supuestos aparecía un señor que daba más dinero de lo que valía la suerte, se le adjudicaba de inmediato.
En esta época, los contratos de arrendamientos de tierras iban acompañados de una escritura de los arrendatarios, donde se comprometían a pagar las cantidades estipuladas.
La persona que presidía la Junta Municipal de Propios se llamaba Mayordomo de la Junta de Propios que más tarde se cambió por el de Depositario. El cargo de Mayordomo era anual y la persona que lo ostentaba tenía una gran influencia en el gobierno municipal y ofrecía la posibilidad de escalar posiciones en el aspecto social y político, aunque no estaba ausente de algunos riesgos, que debía responder con sus propios bienes si era acusado de mala administración.
Los Mayordomos estaban exentos de impuestos, participaban de las colaciones o refacciones con que se obsequiaban a los regidores y de un puesto propio en las procesiones, manifestaciones y actos públicos.
Mientras la economía de los ayuntamientos se mantuvo boyante, este oficio fue acaparado por las oligarquías locales, pero cuando el valor de las rentas de los bienes municipales descendió y los gastos de los ayuntamientos aumentaron, los caballeros hicieron todo lo posible para trasladar la responsabilidad a otros. El cargo pasó entonces a ser ocupado por hombres del común acomodados que buscaban ascender en la escala social.
Os expongo a continuación los nombres de las tierras con sus suertes, las fanegas de cada una y la renta anual de la suerte:

Nombres de las tierras
Suertes
Fanegas
Total anual en reales
Llano del Matadero
3
24
312
Cauz y el Río
7
19
118
Prado de Yeguas
26
101,5
1463
Torrevieja y Camino de Espera
18
100
1442
Trance de la Noria
3
54
348
Dehesa Lobreguete 1º Trance
15
88
832
Dehesa Lobreguete 2º Trance
5
40
376
Dehesa Lobreguete 3º Trance
14
96
648
Dehesa La Mediana 1º Trance
25
150
1090
Dehesa La Mediana 2º Trance
6
76
486
Dehesa La Mediana 3º Trance
11
67
410
Resto de La Mediana
17
1608
8493
Dehesa de la Vega del Rey
1
120
720
Dehesa de 4 Mojones
9
988
4926
Dehesa de Alberite
15
518
2604
Sotos del Guadalete
2
24
96
Vega de Sevilla
1
69
345
Dehesa del Garrobo
1
200
700
Dehesa de Las Gateras
1
200
600
Dehesa de la Cierva
1
460
3220
Sierra de Sta. Lucía
1
800
1200
Dehesa de Los Amarguillos
1
400
600
Dehesa de La Soriana
1
540
2160
Dehesa de Tierras Nuevas
1
456
1824
Dehesa de Jabonero
1
378
2397
Prado de Caballos
29
112,5
1198
                                             TOTALES  >
215
7689
38608

 

Ejemplo de escritura de arrendamiento de tierra de la época:

           “A todos los que esta escritura vieren, hago saber cómo Yo Juan Paredes, vecino que soy de esta villa, por el tenor de la presente otorgo que me obligo a pagar llanamente, y sin pleito alguno a las justicias, y Junta municipal, y en su nombre a su Mayordomo que es, o fuere la cantidad de dieciséis reales que importa la suerte anotada arriba que obtengo en repartimiento por esta Junta a razón de ocho reales cada fanega cuya cantidad me obligo a pagar en cada un año por los días del Santo Santiago de un año (según se previene en la nota descrita) como también a que si en algún tiempo por causa de mis atrasos u otra que sea legítima no la necesitase por no poderla cultivar la haré presente así a la Junta para que disponga como Dueña, y en el ínterin que así no lo ejecute me obligo, hacer responsable de su pago. A cuya firmeza, y cumplimiento obligo mi Persona y Bienes habidos y por haber con poderío de justicia, y renunciación de Leyes en forma, y así lo otorgo, y no firmo porque dijo no saber, a su ruego lo hará uno de los testigos que lo son presentes, D. Tomás del Río y González, D. Antonio de la Rocha, y D. Antonio Vasques Ruano todos vecinos de esta vecindad.   (Firmado y rubricado: Iñigo Tomás del Río y González)”.