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domingo, 7 de junio de 2020

Historia n. º 45 Prohibición de sombreros


Prohibición de sombreros


En estos tiempos tan difíciles que llevamos, producto de la pandemia que nos llegó de tierras tan lejanas como China, por la cual estamos padeciendo limitaciones de nuestras libertades y prohibiciones por doquier, hay que contar que en otras épocas también tuvimos muchas prohibiciones de toda índole.

En esta Historia vamos a contar algunas prohibiciones que se practicaron para toda España, y por lo tanto llegaron a nuestro pueblo de Villamartín.

Carlos III
No siempre hemos podido usar los trajes y vestidos que hemos querido o nos han gustado más, y eso fue debido a los que mandaban en Madrid que dictaban leyes para regular el uso de determinadas prendas de vestir. Así, nos encontramos con el rey Carlos III que mandó que ninguna persona, excepto las Reales pudieran vestir brocado ni tela de oro, ni plata, ni hilo de oro ni plata, ni seda alguna que llevara oro ni plata, ni cordón, ni pespunte, ni pasamano, ni otra cosa alguna de ellos, ni bordado, ni recamado, ni escarchado… Hasta hicieron leyes que regulaban los lutos, a las mujeres le prohibieron cubrirse el rostro y a los hombres a usar capa corta en vez de la larga que era la típica española y a usar sobrero de tres picos.

Todas estas medidas, y otras no mencionadas, fueron dictadas por Leopoldo de Gregorio, marqués de Esquilache, ministro de absoluta confianza del rey Carlos III. El marqués de Esquilache se había propuesto un programa de modernización de Madrid, pero como veremos llegó a todas partes.

Sombrero de tres picos
En el cabildo de 10 de agosto de 1770, el escribano de él, leía la Real Orden del Supremo Consejo, con fecha a once de julio próximo pasado, que se había comunicado a esta villa por el Sr. Corregidor de la ciudad de Jerez de la Frontera, que trataba sobre la prohibición de los sobreros gachos y chambergos; y que se usaran por los eclesiásticos de menores y demás personas que vistiesen habito seglar el sombrero de tres picos; y los de ordenamiento sacro levantadas las alas de los costados forrados de tafetán engomadas con lo demás que instruye dicha Real Orden que se había cumplido por los Sres. Justicia y remitido al cabildo para que le constase; y vista y entendida por sus mercedes, acordaron su obedecimiento y cumplimiento, en todo y por todo como se provenía en el mandamiento y se colocara dicha orden entre las demás del Ayuntamiento.

Así mismo, el escribano leyó e hizo notorias al cabildo dos Reales Provisiones del Supremo Consejo que prohibía el uso de muselina; y enterados dichos señores, acordaron su obedecimiento y cumplimiento en todas sus partes; y que dichas Reales Órdenes se colocasen entre las demás del archivo del cabildo.

Real Provisión
Igualmente, el escribano leyó a la letra la Real provisión del Supremo Consejo; en que se prohibía, y que se recoja un discurso impreso en Valencia en la imprenta de Benito Monfort en el presente año, intitulado Puntos de Disciplina Eclesiástica propuesto a los sacerdotes por D. Francisco de Alba, presbítero, con lo demás que dicha Real Orden previene; que vista y enterada por dichos señores acuerdan su obedecimiento y cumplimiento en todas sus partes; y que se archivase entre las demás de este cabildo.

Estas son algunas de las prohibiciones del año 1770 propiciadas por el rey Carlos III y su ministro marqués de Esquilache, las de ahora ya sabéis quienes son sus protagonistas.