Los libros de escrituras de tierras en
el Villamartín
del siglo XVIII
“Libro Maestro que se forma de orden de la Junta y
Junta de Propios de esta Villa, para entregar a el tesorero Mayordomo de ellos,
que es, y fuere para que cada uno en su tiempo siente los pagos que hicieren
los Poseedores de Tierras pertenecientes a dichos efectos, con razón de los que
van para que haya las competentes claridad, el que se compone de (no aparece el nº de) folios útiles.
Villamartín, 1º
de enero de 1785=
(rubricado)”
Con estas palabras comienza el libro
de escrituras de tierras que a 1º de enero de 1785 iban firmando todos los
poseedores de tierras de nuestra población tras el repartimiento. Fue el
primero que se hizo en este formato para encontrar con brevedad las tierras que
cada individuo tenía y las suertes que poseía.
El libro contiene 462 folios manuscritos
a tinta y con caligrafía de la época en los cuales se reflejan los nombres de las
tierras y seguido de las suertes con el número de fanegas, el precio de la misma
y la renta anual que produce la suerte.
En cada suerte o lote de tierras de labor
se anotaba el nombre de la persona que debía de pagar por ellas el día de Santiago,
que era el mes de pago, la cantidad en reales que era la renta de esas tierras
por un año. También se le anotaba, a continuación, si debía a la Junta de
Propios algunos atrasos de otros años y se le hacía saber que estaban anotados
en una Relación de deudores que la Junta tenía.
Se anotaba también el desistimiento
de algunos agricultores a las tierras concedidas por haber fallecido o
cualquier otro motivo. Inmediatamente la Junta de Propios adjudicaba la suerte
a otro con las mismas condiciones. Si se daba el caso de que en estos supuestos
aparecía un señor que daba más dinero de lo que valía la suerte, se le
adjudicaba de inmediato.
En esta época, los contratos de
arrendamientos de tierras iban acompañados de una escritura de los
arrendatarios, donde se comprometían a pagar las cantidades estipuladas.
La persona que presidía la Junta
Municipal de Propios se llamaba Mayordomo de la Junta de Propios que más tarde
se cambió por el de Depositario. El cargo de Mayordomo era anual y la persona
que lo ostentaba tenía una gran influencia en el gobierno municipal y ofrecía
la posibilidad de escalar posiciones en el aspecto social y político, aunque no
estaba ausente de algunos riesgos, que debía responder con sus propios bienes
si era acusado de mala administración.
Los Mayordomos estaban exentos de
impuestos, participaban de las colaciones o refacciones con que se obsequiaban
a los regidores y de un puesto propio en las procesiones, manifestaciones y
actos públicos.
Mientras la economía de los
ayuntamientos se mantuvo boyante, este oficio fue acaparado por las oligarquías
locales, pero cuando el valor de las rentas de los bienes municipales descendió
y los gastos de los ayuntamientos aumentaron, los caballeros hicieron todo lo
posible para trasladar la responsabilidad a otros. El cargo pasó entonces a ser
ocupado por hombres del común acomodados que buscaban ascender en la escala
social.
Os expongo a continuación los nombres
de las tierras con sus suertes, las fanegas de cada una y la renta anual de la
suerte:
Nombres de las tierras
|
Suertes
|
Fanegas
|
Total anual en reales
|
Llano del Matadero
|
3
|
24
|
312
|
Cauz y el Río
|
7
|
19
|
118
|
Prado de Yeguas
|
26
|
101,5
|
1463
|
Torrevieja y Camino de Espera
|
18
|
100
|
1442
|
Trance de la Noria
|
3
|
54
|
348
|
Dehesa Lobreguete 1º Trance
|
15
|
88
|
832
|
Dehesa Lobreguete 2º Trance
|
5
|
40
|
376
|
Dehesa Lobreguete 3º Trance
|
14
|
96
|
648
|
Dehesa La Mediana 1º Trance
|
25
|
150
|
1090
|
Dehesa La Mediana 2º Trance
|
6
|
76
|
486
|
Dehesa La Mediana 3º Trance
|
11
|
67
|
410
|
Resto de La Mediana
|
17
|
1608
|
8493
|
Dehesa de la Vega del Rey
|
1
|
120
|
720
|
Dehesa de 4 Mojones
|
9
|
988
|
4926
|
Dehesa de Alberite
|
15
|
518
|
2604
|
Sotos del Guadalete
|
2
|
24
|
96
|
Vega de Sevilla
|
1
|
69
|
345
|
Dehesa del Garrobo
|
1
|
200
|
700
|
Dehesa de Las Gateras
|
1
|
200
|
600
|
Dehesa de la Cierva
|
1
|
460
|
3220
|
Sierra de Sta. Lucía
|
1
|
800
|
1200
|
Dehesa de Los Amarguillos
|
1
|
400
|
600
|
Dehesa de La Soriana
|
1
|
540
|
2160
|
Dehesa de Tierras Nuevas
|
1
|
456
|
1824
|
Dehesa de Jabonero
|
1
|
378
|
2397
|
Prado de Caballos
|
29
|
112,5
|
1198
|
TOTALES >
|
215
|
7689
|
38608
|
Ejemplo de escritura de arrendamiento
de tierra de la época:
“A todos los que esta escritura vieren, hago
saber cómo Yo Juan Paredes, vecino que soy de esta villa, por el tenor de la
presente otorgo que me obligo a pagar llanamente, y sin pleito alguno a las
justicias, y Junta municipal, y en su nombre a su Mayordomo que es, o fuere la
cantidad de dieciséis reales que importa la suerte anotada arriba que obtengo
en repartimiento por esta Junta a razón de ocho reales cada fanega cuya
cantidad me obligo a pagar en cada un año por los días del Santo Santiago de un
año (según se previene en la nota descrita) como también a que si en algún
tiempo por causa de mis atrasos u otra que sea legítima no la necesitase por no
poderla cultivar la haré presente así a la Junta para que disponga como Dueña,
y en el ínterin que así no lo ejecute me obligo, hacer responsable de su pago.
A cuya firmeza, y cumplimiento obligo mi Persona y Bienes habidos y por haber
con poderío de justicia, y renunciación de Leyes en forma, y así lo otorgo, y
no firmo porque dijo no saber, a su ruego lo hará uno de los testigos que lo
son presentes, D. Tomás del Río y González, D. Antonio de la Rocha, y D.
Antonio Vasques Ruano todos vecinos de esta vecindad. (Firmado y rubricado: Iñigo Tomás del Río y
González)”.