1503 un pueblo empieza a moverse II
Continuamos
ofreciéndoles incidencias acontecidas en la vida de los repobladores de
Villamartín en el periodo de tiempo comprendido entre 1505 y 1510.
Teniendo muy cercana todavía la epidemia de Covi que hemos sufrido y sus consecuencias, nos podemos imaginar a nuestros repobladores sin prácticamente nada que comer y sin médicos y hospitales. A estas calamidades había que sumarle numerosas incidencias con respecto a Sevilla, son los casos de los dudosos cobros del mancomún, la no cobranza de los 615.000 mrs. en que tenía arrendado el Campo de matrera en el año 1502, múltiples pleitos, las quejas por parte de los consejos de Utrera y Lebrija debido al pago que tenían que hacer por los pastos de Matrera… A consecuencia de estos problemas Sevilla decide romper las raíces y así poder mejor tumbar el tinglado que ella misma montó con el arrendamiento a los nuevos repobladores del año 1503, despojó a los labradores supervivientes de sus propiedades legítimamente adquiridas, aduciendo que los primeros repobladores no cumplieron los pactos y condiciones, y, además, el lugar se iba despoblando de tal forma, que en 1507 no tuvieron mas remedio que hacer un nuevo contrato con 12 vecinos.
Dos años después, el término de Villamartín fue noticia ya que el cabildo sevillano tuvo que hacer un libramiento de dinero a los herederos de Alfonso Rodríguez de Baeza, mayordomo de Sevilla en 1506, para que paguen a Fernando de Baeza y a Juan de Mora, vecinos de Utrera, 4.792 mrs. que se les deben de las partes de pujas que ganaron en rentas del Campo de Matrera en 1503 y 1504 y que la Ciudad mandó quitar para repoblar Villamartín.
Igualmente, en febrero de 1507, se libró a los herederos de Alfonso Rodríguez de Baeza, mayordomo de 1506, para que paguen a la viuda y herederos de Juan de Oviedo, arrendador, 55 ducados de oro o 20.625 mrs. cantidad que acordaron con ellos Rodrigo Cataño, jurado y procurador mayor, y el licenciado Rodrigo Romero, jurado y letrado, respecto al litigio que el difunto mantuvo con Sevilla por los diezmos que le exigían del Campo de Matrera.
Aunque el Castillo de Matrera no entró a formar parte del
arrendamiento entre Sevilla y los arrendadores de las tierras, el cabildo
sevillano se sirvió bastantes veces del alcaide del castillo de Matrera,
Guillén de las Casas, veinticuatro y fiel ejecutor, para ejecutar mandatos del
cabildo en Villamartín, como ejemplo está el pago de 1600 mrs. que recibió del
mayordomo de Sevilla, Álvaro de Valladolid, por los ocho días que necesitó para
ir a Villamartín a llevar de vuelta a los vecinos que se habían ausentado a
causa del mancomún.
El molino del Lobillo, que tampoco entró en el trato del
arrendamiento, ya desde 1502 estaba arrendado por Sevilla, pero otorgó carta de
merced a favor de Rodrigo Ortiz, vecino de Villamartín, para que pudiera
construir un molino para moler pan en término de la villa en el Guadalete, por
encima del camino de Sevilla, entre el término de El Coronil y el de la villa,
con condición de pagar a la renta del almojarifazgo de la villa un tributo
anual de 68 mrs. Actualmente por encima del camino de Sevilla hasta el término
con El Coronil (Sevilla) se encuentran los cortijos El Pica, Jeromón, Los
Higuerones y El Algarrobo (2). Solo el cortijo El Pica y el cortijo Los
Higuerones, que además es hacienda, han poseídos estructuras de molinos, así
que es posible que el molino para moler de Rodrigo Ortiz corresponda a uno de
estos dos.
En líneas generales, la moneda forera era un ingreso
extraordinario que el monarca pedía a los súbditos para remediar los agobios
económicos del reino. Relacionada con ésta, el 12 de enero de 1509, se dio un
informe de Guillén de las Casas y Rodrigo de la fuente, veinticuatro, recomendando
al Cabildo sevillano pagar la moneda forera por Villamartín, ya que, según el
contrato establecido con sus pobladores, Sevilla se comprometió a pagar por
ellos estos impuestos durante 12 años. En este sentido hubo un libramiento del
Cabildo a Fernán Ruiz de Porras, mayordomo, para que pagara a Francisco
González de Yagüe, receptor de la moneda forera y de la paga de la capitanía de
Íñigo de Velasco, 5.440 mrs. que se le debían de la moneda forera que los
vecinos de Villamartín debieron pagar en 1506, pero que según el contrato
establecido entre la Ciudad y los pobladores de la villa le corresponde pagar
al Cabildo.
A causa de las epidemias y de las malas cosechas los repobladores de Villamartín se vieron en los años 1507 a 1509 casi impotentes para pagar el mancomún de esos años. Conocedora de estos casos la reina Juana I de Castilla llamada «la Loca» dictó el 4 de marzo de 1509 en Valladolid una Real provisión, al Cabildo de Sevilla otorgándole licencia para que pueda perdonar a los vecinos de Villamartín 200.000 mrs. del alquiler que deben por sus tierras del año 1508 y otros 200.000 mrs. del año en curso, pero no le permitió establecer con ellos un concierto o contrato nuevo, sino que ordenó que se mantuviera el primero que se hizo, cuando se quiso repoblar la villa. El descuento lo permitía teniendo en cuenta los años de malas cosechas y de peste que habían tenido que sufrir.
El receptor del dinero de la Alhóndiga del Pan en el año 1508
era Niculoso de Espínola. El 5 de septiembre de 1509 el cabildo de Sevilla
libró 800.000 mrs. para que pagase a Fernán Ruiz de Porras, mayordomo, que
correspondían del arrendamiento del Campo de Matrera por el año que se cumplió
el día de Santa María de Agosto de 1509, ya que los arrendadores del Campo de
Matrera entregan esta cantidad en trigo a la Alhóndiga. El 14 de septiembre de
ese mismo año y con el mismo mecanismo se libró 67.000 mrs. que se cumplió el
día de Santa María de Agosto de 1508.
Ya por noviembre de 1509, la ciudad de Sevilla, a través de Luis Méndez de Sotomayor, veinticuatro y llavero del arca del dinero de la Alhóndiga del Pan, pagó a Martín de Mayorga, alguacil de los veinte, 1.500 mrs. por los 15 días que necesitará para ir a Villamartín a recoger el trigo que el Concejo de la villa debe entregar al Cabildo el año en curso.
En abril de 1510 se le pagó, otra vez, a Guillén de las Casas, veinticuatro,
3.400 mrs. que le correspondían como salario por 17 días que necesitó para ir a
Villamartín a inspeccionar los términos del Campo de Matrera.
Terminando ya este período, el 19 de septiembre de 1510, Juan
García, escribano público y del Consejo de Villamartín dio una certificación,
haciendo saber que en sus registros se encontraba una escritura del día de la
fecha, y en la que consta que los arrendadores del Campo de Matrera han
arrendado a Martín Jiménez Mancera, vecino de Villamartín, la dehesa del Prado
del Rey, situada en el término de la villa, por el precio y con las condiciones
que se citan más abajo. El resumen de la escritura es éste: «Escritura otorgada
por Juan Fernández Bahamonte, Pedro Márquez Moreno, Cristóbal Martínez Bailén,
en nombre de los herederos de Pedro García Saborido, Pedro Sánchez de Medina,
Rodrigo Ortiz, Fernán Ruiz Montero, Juan Martín, carretero, y Alfonso García de
Ribera, vecinos de Villamartín, arrendadores del Campo de Matrera, reconocen
que arriendan a Martín Jiménez Mancera la dehesa del Prado del Rey desde el día
de Santa María de Agosto del año en curso y durante siete años, por 57.000 mrs.
anuales que deberá pagar al Cabildo de Sevilla desde el año 1511 el día de
Santiago, señalándose las condiciones que deberán cumplir ambas partes.
(2) Véase el Cortijo el Pica pág. 34.35, el cortijo Jeromón pág. 213, el cortijo El Algarrobo pág. 110 y la hacienda Los Higuerones pág. 225, del libro digital «Las Vías Pecuaria de Villamartín: Cañadas, Caminos y Carreteras».