Las
Historias que voy a traer desde hoy al blog van desde el día 19 de diciembre de
1947 al 31 de mayo de 1963, 16 años, donde Villamartín pasó de la mediocridad
al estar por encima de los pueblos de su categoría. Este avance jamás conocido
en la localidad se debió a un administrador de correos natural de Romangordo
(Cáceres), de 49 años, llamado D. Adolfo Blanco Caballero; casado con una de
Villamartín, Dña. Adelaida Jarava Trujillo. El matrimonio tuvo dos hijas, Elisa
y María del Carmen, ambas naturales de Villamartín, y hasta la fecha viven en
la capital de la provincia, Cádiz.
Las
Virtudes
El cabildo, el día 5 de noviembre
de 1962, dio cuenta de la atenta carta del Sr. Excmo. Sr. D. Álvaro de Domecq y
Diez, Presidente de la Excma. Diputación Provincial, interesado en que se le
comunicase los inconvenientes que tenía el Ayuntamiento, para proceder a la
construcción de las seis escuelas urbanas del Plan de 1962, que tenía
pendiente, con un presupuesto total de 650.368 Ptas., de las que subvencionaba
Construcciones Escolares con 450.000 Ptas., correspondiendo aportar al
Ayuntamiento las 200.238 Ptas. restante, para a su vez comunicarlo al Excmo.
Sr. Gobernador Civil de la provincia que estaba muy interesado; los señores
Capitulares acordaron por unanimidad, aceptar las construcciones y que se
procediera a su ejecución, con la obligación por parte del Ayuntamiento de
aportar la diferencia que pudiera existir entre la subvención indicada y el
importe de la adjudicación, que aliviaría la economía del Ayuntamiento ya muy
cargada de obligaciones, y ceder en principio gratuitamente los solares
necesarios para la construcción, de los terrenos disponibles de propiedad
municipal, a elegir por la Comisión que tenía designada el Excmo. Sr.
Gobernador Civil-Presidente de la Junta Provincial de Construcciones Escolares,
según orden comunicada al Ayuntamiento por la Secretaría de dicha Junta, en
comunicación de 24 de octubre de ese año, pudiendo desplazarse la Comisión a la
villa para efectuar su elección y levantar la correspondiente acta, que
serviría de base para la tramitación del correspondiente expediente de cesión
de los terrenos.
En declaración de urgencia, el
cabildo del 30 de noviembre de 1962, a la vista del oficio de Excmo. Sr.
Gobernador Civil-Presidente de la Junta Provincial de Construcciones Escolares,
de fecha 7 de noviembre del año en curso, en el que ordenaba que siendo urgente
construir todas las Escuelas y viviendas pendientes de las que el Ayuntamiento
tenía por construir 6 Escuelas urbanas pertenecientes al Plan de 1962,
subvencionadas por dicha Junta Provincial de Construcciones Escolares, debiendo
iniciarse seguidamente su construcción mediante expediente de urgencia; los
señores del Ayuntamiento acordaron por unanimidad que se proceda seguidamente a
instruir expediente de declaración de urgencia de las obras para poder
prescindir del trámite de subasta para la adjudicación de las mismas,
incompatible con la urgencia de su ejecución, realizándose por concierto
directo o concursillo.
De orden de S.S. se dio lectura, el día 27 de junio de 1963,
por el Secretario a otra comunicación de la Junta Provincial de Construcciones
Escolares de Cádiz, número 221 de fecha 20 de junio del tenor siguiente:
“Siendo de urgente necesidad la iniciación de las obras
aprobadas en los Planes de Construcciones Escolares y subvencionadas con cargo
a los presupuestos de las Juntas Provinciales, ya que de no comenzar su
construcción en el termino de tres meses, por la Junta Central se procedería a
la anulación de las subvenciones concordadas. Por ese Ayuntamiento y con la
mayor urgencia posible debería procederse al ofrecimiento de los solares
necesarios para la realización de las obras que todavía tenía pendiente y que
al dorso se indicaban (Plan de 1962 – 6 escuelas urbanas subvencionadas con
450.000 Ptas.) debiéndolo hacer con la antelación necesaria para que antes del
día 10 de julio próximo, pudiera el Sr. Arquitecto escolar presentarse en esa
localidad a fin de comprobar si el terreno reunía las condiciones exigidas por
las disposiciones vigentes para la realización de la obra de que se trataba,
especificándole que la ejecución de las obras de explanación del solar
ofrecido, su preparación y enajenamiento se realizarían por ese Ayuntamiento,
que debería ofrecer el solar en condiciones de que pueda ser utilizado
inmediatamente al proyecto de obra sin necesidad de adaptación. Así mismo se
recordaba al Ayuntamiento lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de
Construcciones Escolares, así como por la Orden Ministerial de 17 de julio de 1956,
es decir, la obligación de atender a la conservación, reparación, calefacción,
alumbrado y limpieza de los edificios construidos o adoptados con subvenciones
concedidas por la Junta Provincial”.
Y los Señores Capitulares acordaron por unanimidad, ofrecer
la cesión gratuita de los terrenos que fueren necesarios para esa construcción,
en la parcela de propiedad municipal, sita al sitio denominado “La Noria”,
unida al casco urbano de la población, al final de la prolongación de la calle
Capitán Cortés (hoy San Juan de Dios) en las inmediaciones del Cuartel de la
Guardia Civil, y que una vez determinado por el Sr. Arquitecto escolar el
terreno necesario, se procediera a su enajenamiento, concretando sus linderos e
instruyéndose el correspondiente expediente de cesión gratuita en forma
reglamentaria y aceptando así mismo las obligaciones exigidas al Ayuntamiento
con relación a estas 6 Escuelas Urbanas por el artículo 23 de la Ley de
Construcciones Escolares y por la Orden Ministerial de 17 de julio de 1956.
Estas seis escuelas urbanas tomaron el nombre de Nuestra
Señora de las Virtudes. Tenía dos plantas de tres clases cada una, servicios de
niños y niñas y dos cuartos que servían de despachos y almacén. Tengo que decir
que estas escuelas me traen gratos recuerdos ya que en ellas empecé a trabajar
como maestro. En el apartado del blog llamado “Anexos de las Historias” podéis encontrar la relación de alumnos
que tutoré en mi primer año, con el título “Curso 3º de E.G.B.”.